Usted puede solicitar la rectificación del recibo de agua en caso de fuga

Los consumos extraordinarios de agua producidos por una fuga en la instalación interna de una comunidad de propietarios o una vivienda no constituyen un uso sujeto al Canon de Saneamiento.

Es por esto que, cuando se facture un consumo extraordinario producido por una fuga, el interesado podrá instar de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana (EPSAR) la rectificación del recibo de agua.

La EPSAR se creó por la Ley 2/1992 de la Generalitat Valenciana, de 26 de marzo, como una entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia e independiente y plena capacidad pública y privada.

El procedimiento de rectificación o devolución se iniciará mediante la presentación de una solicitud que se ajustará al este modelo:

La solicitud de rectificación deberá presentarse por escrito, utilizando alguna de las vías que se señalan en el art. 38.4 de la Ley 30/92, cualquier registro oficial u oficinas de correos. En la misma se deberá indicar un domicilio de notificación, una mención expresa sobre la rectificación del recibo solicitado, así como señalar toda la información solicitada. El escrito de solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

1º. Copia de los recibos pagados o facturas pendientes de pago, afectados por la solicitud de rectificación presentada.

2º. Certificación de la empresa suministradora en la que se reflejen los consumos, para cada periodo facturado, realizados en el suministro afectado por la fuga en los tres años anteriores a la misma.

3º. Se deberá acreditar el momento en que se procedió a la reparación de la fuga invocada como causa del aumento de consumo, así como copia de la factura o justificante de la reparación de la fuga, en el que quede constancia de la dirección dónde se ha realizado la reparación, que deberá coincidir con la de suministro.